estatutos del colegio
Es la norma organizativa del colegio profesional cuyo contenido se encuentra legalmente limitado a la regulación necesaria de su funcionamiento como corporación de derecho público para el ejercicio de las funciones públicas que tienen encomendadas. En concreto:
- Denominación, domicilio y ámbito territorial, sede y delegaciones, en su caso, del Colegio.
- Derechos y deberes de los colegiados.
- Requisitos para el acceso a la condición de colegiados y causas de denegación, suspensión o pérdida de esa condición.
- Tipificación de las infracciones y sanciones en que puedan incurrir los colegiados. Régimen disciplinario.
- Denominación, composición y forma de elección de sus órganos de gobierno, así como los requisitos para formar parte de ellos.
- Competencias y régimen de funcionamiento de la Asamblea General y demás órganos de gobierno, teniendo en cuenta los supuestos en que puedan producirse vacantes en más de la mitad de sus miembros y la forma de adoptar sus acuerdos.
- Régimen económico y financiero.
- Premios y distinciones a colegiados o a terceros.
- Régimen jurídico de los actos y resoluciones de los Colegios, y recursos contra los mismos.
- Procedimiento a seguir en procesos de fusión, absorción y disolución.
- Procedimiento para la reforma de los Estatutos.
CÓDIGO ÉTICO Profesional de los Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local.
inscripción en el Registro de
Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid DE la JUNTA DE GOBIERNO de cosital madrid
En virtud de la Orden 2693/2019, de 31 de julio, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, se encuentra inscrita en el Registro de
Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid la JUNTA DE GOBIERNO del COLEGIO OFICIAL DE SECRETARIOS, INTERVENTORES Y TESOREROS DE
ADMINISTRACIÓN LOCAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.